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NUEVA TRIBUTACIÓN DE LA FIDUCIA ARAGONESA
Introducido por la Ley 15/2018, de 22 de noviembre de la CA Aragón, sobre tributación de la fiducia aragonesa en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
Entrada en vigor el 14 de diciembre de 2.018
1.- Qué es la fiducia aragonesa
Su origen histórico de acuerdo con la exposición de motivos de la citada ley, afirma:
“El origen de la fiducia está muy vinculado al de la «casa aragonesa» y a la necesidad de conservar indivisos los pequeños patrimonios rurales, para que pudieran cumplir con la finalidad de sustentar a una familia. En este contexto, se explica que la transmisión de la «casa» se realizara a favor de un único heredero y que surgiera la figura de la fiducia. Dado que el titular de la «casa» no podía hacer la designación de su heredero con garantías de acierto, al ignorar lo que iba a suceder en el futuro, encomendaba dicha tarea a un tercero, que le iba a sobrevivir y que generalmente era su cónyuge.
En definitiva, se trataba de evitar que la división del patrimonio familiar condujera a su desaparición, al no ser viables ni rentables las porciones hereditarias resultantes de la herencia. El objetivo siempre fue mantener el patrimonio familiar generación tras generación, del mismo modo que otras instituciones de nuestro derecho foral, como la legítima colectiva y el usufructo universal del cónyuge viudo.”
2.- Tributación anterior
Desde el punto de vista tributario, y en el ámbito del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, la legislación estatal gravaba la fiducia de la siguiente forma:
“«En la fiducia aragonesa, sin perjuicio de la liquidación que se gire a cargo del cónyuge sobreviviente, en cuanto al resto del caudal, se girarán otras con carácter provisional a cargo de todos los herederos, con arreglo a sus condiciones de patrimonio y parentesco con el causante y sobre la base que resulte de dividir por partes iguales entre todos la masa hereditaria. Al formalizarse la institución por el comisario se girarán las liquidaciones complementarias si hubiere lugar, pero si por consecuencia de la institución formalizada las liquidaciones exigibles fueren de menor cuantía que las satisfechas provisionalmente, podrá solicitarse la devolución correspondiente».”
Es decir se tributaba como si no existiera la figura de la fiducia aragonesa y como si las adjudicaciones a los herederos, se hubieran producido, procediéndose a devolver o ingresar en función de la adjudicación definitiva.
3.- Tributación actual
La citada Ley 15/2018, ha modificado el artículo 132.2 del Decreto Legislativo 1/2005, de la CA Aragón, en materia de tributos cedidos que estable en síntesis el siguiente procedimiento:
1.- No se paga el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, si no se ha producido la adjudicación.
2.- En cada ejecución fiduciaria deberá presentarse la correspondiente autoliquidación en los plazos previstos con carácter general
3.- En el caso de que existieran varias ejecuciones a favor de una misma persona, se considerarán como una sola transmisión a los efectos de la liquidación del impuesto
4.- No obstante lo dispuesto en los apartados anteriores, el administrador podrá optar, por liquidar la herencia conforme al sistema anterior.
4.- Conclusiones
Para aquellos casos en los que interese establecer una fiducia aragonesa por los motivos expresados anteriormente, y no se espere efectuar adjudicaciones en el corto plazo, este procedimiento va a permitir un diferimiento que puede ser importante en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en la Comunidad Autónoma de Aragón
No duden en ponerse en contacto con nosotros para cualquier aclaración adicional
Suele ocurrir que las empresas, por falta de experiencia y conocimiento en campos de derecho fiscal o conceptos contables, acuden a una asesoría externa que les ayuda con los trámites oportunos. En Ashloc disponemos de la figura de expertos que asesorarán a las compañías y solucionarán problemas relacionados con el negocio, ya sea empresa o autónomo.
Las asesorías contables, prestan el mayor servicio en materia del Impuesto de Sociedades. Este impuesto es personal y directo. Grava la obtención de renta en el territorio español y está constituido en torno al resultado contable de la sociedad. Su tramitación no es sencilla, por lo que resulta práctico la consulta a un asesor fiscal experto.
El resultado contable de una empresa puede verse sujeto a correcciones o ajustes que pueden ayudar. Para este tema una asesoría puede ser útil. La tributación del Impuesto de Sociedades consiste en un proceso obligatorio que puede contar con dificultades según la situación contable de cada sociedad.
Si contratas un servicio de asesoría fiscal externo, podrás mejorar los niveles de eficacia en materia de fiscalidad y contabilidad. Se invertirá el dinero de manera eficiente y se podrán ahorrar impuestos. El experto aconsejará sobre el sistema de tributación más conveniente en cada caso.
Para autónomos, este servicio puede ser útil, ya que recibirán ayuda sobre la afiliación al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social o realizar el justificante de los índices o módulos aplicados al IRPF o al IVA.
Existen una serie de beneficios que podemos encontrar si se realiza adecuadamente el pago de impuestos. Se pueden evitar inspecciones, sobre todo si se trata de reflejar pérdidas de manera artificial para no declarar el Impuesto de Sociedades.
La mayoría de las empresas, cuando llega la hora de presentar el Impuesto de Sociedades, se ciñen a plantillas. Éstas, en la mayoría de los casos, no contemplan todos los escenarios ni las peculiaridades de la empresa.
Si tienes alguna duda consulta con Ashloc para conocer mejor sus servicios en materia de fiscalidad y contabilidad.
Hay ocasiones en las que el contribuyente dona o vende inmuebles a familiares sin conocer que es deudor de Hacienda. El fisco ha puesto de moda la derivación de responsabilidad, es decir, declarar responsables tributarios solidarios a los familiares que reciben los bienes de la persona que debe a Hacienda, sepan o no que tengan alguna deuda con ella.
En aplicación a la Ley General Tributaria (LGT), artículo 42.2. a), Hacienda está declarando responsables tributarios solidarios a los familiares que, mediante cualquier negocio jurídico o contrato, reciben bienes del deudor principal, y dificultan, con ello, el cobro de la deuda por parte de Hacienda.
Hay que dejar claro que, donar o vender un inmueble con deudas a un familiar cuando el donante o vendedor desconoce tenerlas, no es necesariamente una operación fraudulenta. La finalidad de estas trasmisiones no es el prejuicio de la acción de cobro a Hacienda, sino otras diferentes (ayudar a un hijo, salvaguardar bienes, etc.)
¿Hasta donde llega la responsabilidad solidaria? Puede afectar hasta los niños. Se debe tener en cuenta que en estos casos, es necesario acreditar que la transmisión de bienes se hizo para perjudicar a Hacienda y resulta complicado advertir tales conductas en un niño de 5 o 6 años por ejemplo.
El plazo de derivación de responsabilidad es de cuatro años desde que acaba el plazo de pago en voluntaria del deudor principal. Pero si la transmisión de inmuebles que motiva la derivación de responsabilidad es posterior a esa fecha, entonces el plazo se contará desde la fecha de la referida transmisión.
Hacienda debe demostrar que esa donación o venta del inmueble ha tenido la finalidad de perjudicar o dificultar el cobro de la deuda, así como demostrar la culpabilidad del contribuyente. Si no lo hace, la transmisión se considerará de buena fe y la derivación de la responsabilidad podrá anularse en los Tribunales.
Es necesario para que el contribuyente salga ganador en esta pugna con Hacienda, que no tenga otros bienes con los que pagar la deuda. Difícilmente puede considerarse que una transmisión se ha realizado para perjudicar a Hacienda, si existen otros bienes con los que ésta pueda cobrar.
Si has recibido una notificación como la que hemos descrito arriba, recurre a este tipo de derivación de responsabilidad, porque puede anularse en los Tribunales y busca un buen profesional que te defienda frente a Hacienda.
Ante el panorama económico actual, en muchas ocasiones nos planteamos si dar un giro a nuestra carrera profesional y crear una nueva empresa pero nos surgen las dudas y a veces no sabemos si hacerlo o no. Para esas personas que dudan hoy les traemos una buena noticia que les puede ayudar a decidirse a crear una nueva empresa.
Cuando invirtamos en una empresa nueva o de creciente creación en la declaración de la renta podremos deducir hasta un 20% de las cantidades que hayamos invertido. Esta deducción se ha convertido en una de las más beneficiosas que ha establecido la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) para la declaración de la Renta correspondiente al año 2017 por lo que ha entrado en vigor este año 2018.
Para solicitar la deducción simplemente necesitaremos una certificación que nos expedirá la propia entidad.
Quedan poco más de 12 días para presentar la Renta del 2017, para los más rezagados aún les queda tiempo pero, ¿conoces todo el proceso para realizar este trámite sin ningún tipo de problema? Aquí te dejamos algunas claves que te servirán de ayuda para rellenarla.
Pues como muchos ya intuían, lo que más preocupa a los contribuyentes son temas familiares; deducciones, reducciones por pensiones y aplicación de lo mínimos entre otros.
No desesperes, si has presentado la Declaración antes del plazo y te das cuenta de que hay un error en ella, solo tienes que dirigirte a tu oficina de Hacienda más cercana y allí se ocuparán de modificar la información errónea de tu Renta.
Pues tenemos que darte una mala noticia: no. Si tienes deudas con alguna administración pública puede resultar que ese dinero no lo recibas nunca.
Para solventar este problema, la Agencia Tributaria ha creado una app para el móvil donde puedes realizar cualquier tipo de trámite administrativo con mayor facilidad.
Esperamos que estos pequeños consejos te sirvan de ayuda para realizar los trámites con mayor facilidad. ¡Y no te olvides de presentar antes el borrador!
Se trata de una disposición en la cual el que hace un testamento deja su herencia o parte de ella a una persona la cual en un determinado caso y tiempo, la transmita a otra o la invierta del modo en el que se le deja indicado.
Es una forma de proteger el patriminio durante dos generaciones de herederos, impidiendo a los mismo disponer de los bienes de la herencia.
El testador (persona que realiza el testamento), también conocido como fideicomitente, designa a otra persona (fiduciario) todos sus vienes o parte de ellos para que la masa hereditaria la transmita a un tercero (fideicomisario).
El encartado, es decir, el fiduciario debe rentabilitar la herencia (es decir, el patrimonio) para que el heredero final (fideicomisario) lo obtenga cuándo se diga o de la manera que se especifique.
Se trata de un cargo de confianza por lo que se recomienda que sea una persona conocida y fiable. Se puede hacer el designamiento en el mismo momento en el que la herencia pasará al heredero final en función de que se cumpla una determinada condición. Un ejemplo de esto sería cuando la persona escogida cumpla una determinada edad o bien al fallecimiento del fiduciario.
El cargo puede variar mucho. Puede, por ejemplo, consistir sólo en hacer llegar la herencia al fideicomisario, sin que el fiduciario pueda disponer de ella.
No se trata de un fideicomiso normal ya que permite al heredero fiduciario disponer de todo o de parte de la herencia siempre y cuando deje al fideicomisario lo que quede de la herencia. En este caso, debemos tener en cuenta que el fiduciario tiene que pagar al Estado el impuesto de sucesiones a la comunidad autonómica que corresponda.
Si tienes más dudas sobre este tema, no dudas en venir a Ashloc Consultores. Estaremos encantados de ayudarte.
Si eres autónomo y quieres pasar a ser sociedad limitada, debes traspasar tanto la actividad como todos sus activos pero, ¿cuál es la mejor opción?
Una de las opción sería que vendas a la sociedad limitada los activos de tu negocio como autónomo. Sin embargo, esto sólo debe hacerse cuando la sociedad disponga de la liquidez suficiente como para pagar dichos activos.
Es decir, si, por ejemplo, la sociedad se ha constituido con un capital mínimo (3.000€), se encontrará con que deberá dejar el precio de esta venta aplazado por lo que la sociedad ya comenzará mal desde un principio puesto que reflejará una deduda con un socio (usted), lo que le pueda dificultar las futuras solicitudes de financiación bancaria. Además, en el caso en que la deuda no se vaya cancelando, se deberán generar interesas (Hacienda así lo exige).
La mejor opción sería ésta. Se pueden transmitir los activos a la sociedad mediante una ampliación de cpaital con aportación no dineraria. De este modo no tendrá que aportar dinero en efectivo a su nueva SL, y ésta no le deberá nada a usted, ya que los activos se cambian por nuevas participaciones en el capital. Además, como el capital social será más alto (el dinero inicial más el aportado por los activos en la ampliación), la imagen de la sociedad se reforzará ante las entidades bancarias.
Aún así, como estos cambios requieren muchos papeleos y surgen durante su realización algunas dudas, te recomendamos que cuentes con profesionales. En Ashloc Consultores te queremos ofrecer nuestros servicios. Contamos con un personal altamente cualificado que estará encantando de poder ayudarte. No lo dudes, ven a visitarnos y te ayudaremos en todo lo que esté en nuestras manos.
Sabemos que te gustó nuestro artículo anterior sobre el precontrato laboral, por eso hemos querido contarte más cosas sobre él.
El modelo dependerá de las circunstancias de cada trabajador, de las condiciones que se vayan a establacer entre el empleado y la empresa y del puesto que se vaya a desempeñar.
Lo más común es que incluya una serie de puntos:
– La fecha prevista en la que se firmará el contrato final de trabajo.
– Las condiciones que ambas partes se comprometen a cumplir. En este apartado pueden incluirse infinidad de posibilidades, como pueden ser la obtención de una licencia, la finalización de los estudios, la curación de una lesión, etc.
– El tipo de contrato que se firmará en el futuro, las funciones del trabajo, el puesto que se ofrece, el horario, las vacaciones, el salario pactado, etc.
– Justificantes de la adquisición de las autorizaciones y licencias necesarias para realizar el trabajo.
– Cualquier otro punto que se quiera dejar reflejado por alguna de las partes.
Como se trata de un documento legal que está firmado por ambas partes, su incumplimiento acarrea una serie de consecuencias.
En el caso de que sea el trabajador quien lo incumpla, la empresa puede llegar a exigir el pago de una indemnización por daños y perjuicios. ¿Por qué? Pueden alegar gastos de formación, o por pérdidas ya que han dejado de percibir dinero por no poder contratarle.
Si fuera la empresa quien incumpliese el precontrato pasaría exactamente igual. Sin embargo, esta reclamación sólo podrá ceñirse a una indemnización ya que no es viable exigir a la empresa la incorporación del trabajador.
La cantidad de la indemnización no está fijada por ley, por lo que se recomienda fijarla en el precontrato para que quede por escrito.
Es importante decir que el plazo máximo para reclamar una infracción del precontrato es de un año desde el incidente.
El precontrato laboral o carta de compromiso de contratación es un documento donde se alude a un contrato que firman el empleador y el futuro empleado para fijar las condiciones que se reflejarán más adelante en un contrato laboral como tal.
No debe considerarse como un contrato de trabajo ya que no acumula antigüedad, no da derecho a salario y no hay ninguna obligación laboral similar. Se trata, simplemente, de un compromiso de contratación futura.
Suele utilizarse cuando el trabajar ya tiene un puesto y recibe una buena oferta de otra empresa. Como cambiar de trabajo es complicado, la nueva empresa realiza un precontrato donde se define el puesto, las condiciones y funciones que realizará, etc. Con ello se le da una mayor confianza al empleado para cambiar de puesto con tranquilidad.
También suele utilizarse a menudo para contratar personal muy cualificado o con deportistas profesionales.
En el caso de contratar trabajadores extranjeros, el precontrato laboral sólo será válido cuando el trabajador obtenga la autorización de residencia y trabajo, y, por otra parte, la empresa le dé de alta en la Seguridad Social.
Puede realizarse tanto de forma verbal como escrita. El problema de la verbal es que es muy difícil de demostrar en el que caso que surgiese algún problema. Por eso, desde Ashloc te recomendamos la forma escrita.
No debemos considerar un precontrato si alguien advierte una intención de contratar. Para que tenga validez debe darse una intención clara de contratar al empleado en un futuro cierto y con unas condiciones pactadas de antemano.
Es muy común confundirse con el contrato laboral de inicio diferido. La diferencia está en que el precontrato formaliza un contrato laboral en un futuro cercano, mientras que el contrato laboral de inicio diferido se firma en una fecha anterior al comiendo de la relación laboral.
El Real Decreto 62/2018, de 9 de febrero, publicado el pasado sábado 10 de febrero en el Boletín Oficial del Estado, incluye dos modificaciones importantes en la regulación de los planes y fondos de pensiones.
Esta nueva regulación se empezará a aplicar a partir de 2025. En la práctica se podrán hacer líquidas las aportaciones con al menos 10 años de antigüedad, es decir las que se hicieron hasta 2015. Las realizadas a partir de 2016 deberán esperar hasta 2026 y así sucesivamente.