La Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados ha aprobado una reforma en la…
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Una sentencia del Tribunal Supremo de octubre de 2018 ha determinado textualmente:
“Las prestaciones públicas por maternidad percibidas de la Seguridad Social están exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas”.
En consecuencia, se puede solicitar a partir de este momento la devolución de las cantidades pagadas en IRPF por prestaciones por maternidad de los ejercicios 2014 a 2017, ambos inclusive.
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